Politica de confidencialidad

El presente acuerdo se refiere a la información confidencial que comparten las partes, en el entendido de que ninguna de las partes tome ventaja o se aproveche al recibir la información considerada como clasificada de acuerdo a los términos de este documento, con el objetivo de colaborar en el proyecto denominado:

Ambas partes (VENDEDOR Y RECEPTOR) acuerdan que todos los datos que se intercambien entre ellas quedará amparad por la obligación de confidencialidad descrita en los puntos del presente acuerdo.

Estipulaciones

PRIMERA.-  El documento involucra toda información -sin importar su naturaleza o medio-que el VENDEDOR facilite al RECEPTOR para los trabajos o responsabilidades relacionadas al proyecto para el que este acuerdo fue firmado.

SEGUNDA.- El RECEPTOR únicamente usará la información que otorgada por el VENDEDOR para el fin mencionado en el punto anterior, siempre con el compromiso a mantener la confidencialidad de la misma, y extendiendo la responsabilidad a cualquier otra persona que, debido a su relación con el RECEPTOR, tenga acceso a la información proporcionada por el VENDEDOR.

Se entiende que tanto el RECEPTOR como las personas cercanas y afines a éste podrán modificar, reproducir, divulgar o hacer de conocimiento público la información clasificada como confidencial por el presente acuerdo sin la autorización escrita del VENDEDOR. El RECEPTOR protegerá la información confidencial a fin de evitar su robo, pérdida o sustracción.

TERCERA.- Sin afectar los acuerdos mencionados en el presente convenio, ambas partes tienen en común acuerdo que el deber de confidencialidad no es aplicable en los siguientes casos.

  • Si la información proporcionada por el VENDEDOR fuera de dominio público en el momento en que es entregada al RECEPTOR, o bien, si pasa a ser de dominio público sin que ninguna de las partes esté involucrada.
  • Si el RECEPTOR ya tuviera conocimiento de la información enviada por el VENDEDOR antes de que el presente convenio fuera firmado y por lo tanto, esté libre de la obligación de confidencialidad.
  • En caso de que una orden judicial o mandato legal exija la divulgación de la información clasificada por este acuerdo como confidencial. En este caso, el RECEPTOR buscará que el manejo de los datos mantenga su carácter de confidencial
  • Cuando el RECEPTOR pueda probar que recibió, de manera totalmente legítima e independiente de la relación establecida con el VENDEDOR, información de terceros que en este acuerdo esté clasificada como confidencial.

CUARTA.- La propiedad intelectual de la información sujeta a este convenio de confidencialidad pertenecerá siempre al VENDEDOR, por lo que el hecho de compartirla con el RECEPTOR no le priva de este derecho.

QUINTA .- En caso de que la relación entre ambas partes finalice, VENDEDOR Y RECEPTOR se comprometen a devolver a su propietarios original cualquier tipo de material amparado por la obligación de confidencialidad suscrita en este acuerdo.

SEXTA.- El presente acuerdo entra en vigor en el momento en que ambas partes lo tienes relaciones comerciales, y mantiene su vigencia después de la finalización de la relación hasta por un periodo de 180 días.

SÉPTIMA.- El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento que ambas partes partes empiezan una relacion comercial, extendiéndose su vigencia hasta un plazo de 5 años después de finalizada la relación entre las partes o, en su caso, la prestación del servicio.